lunes, 13 de febrero de 2012

NUEVO REAL DECRECTO para la CERTIFICACIÓN de eficiencia energética de EDIFICIOS EXISTENTES


El proyecto de normativa señala que la etiqueta de eficiencia energética debe ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de una vivienda. por tanto, todo el que a partir de la entrada en vigor de esta ley desee vender o alquilar una casa en españa, tendrá que disponer del mencionado certificado, la gran mayoría de viviendas construidas antes de la entrada en vigor del código técnico de edificación de 2007 obtendrá una mala puntuación en el estudio, por lo que a los propietarios no les quedará más remedio que acometer una serie de obras de mejora si quieren aumentar el atractivo de su vivienda

La Secretaría de Estado de Energía comunica que el proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes se encuentra a disposición de los interesados, para el cumplimiento del trámite de audiencia, en la página web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, Dicho plazo finalizará el día 20 de febrero de 2012.



La Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la eficiencia energética de los edificios establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios. 

Este real decreto completa la transposición de la Directiva 2002/91/CE, en lo relativo a la certificación de eficiencia energética de edificios y complementa al Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, que aprobó un Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. A diferencia del anterior, que estaba dirigido a los edificios de nueva construcción y a los edificios existentes que sean objeto de modificaciones, reformas o rehabilitaciones y que tengan una superficie útil superior a 1.000 m2 y en los que se renueve más del 25 por cien del total de sus cerramientos, el ámbito de aplicación de este nuevo real decreto obliga a que todos los edificios existentes, cuando se vendan o se arrienden, dispongan de un certificado de eficiencia energética

"Disposición transitoria única. Elaboración del certificado:
 

"Con anterioridad a 1 de enero de 2013, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) pondrá a disposición del público los programas informáticos de certificación de eficiencia energética para edificios existentes, que serán de aplicación en todo el territorio nacional y que tendrán la consideración de documento reconocido y, por otra parte, se procederá a la formación del personal técnico cualificado para realizar las labores necesarias para efectuar dicha certificación. La presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendatarios del certificado de eficiencia energética será exigible para los contratos de compraventa o arrendamiento, total o parcial, celebrados a partir de dicha fecha" Proyecto de Real Decreto

Hace ya dos años, el ministerio de industria convocó un concurso público para desarrollar una herramienta con la que llevar a cabo el proceso. el adjudicatario fue el consorcio formado por el centro nacional de energías renovables (cener) y la empresa pública miyabi, que ya cuenta con un programa informático disponible para llevar a cabo este tipo de cálculos.  Miguel ángel pascual buisán, director de la ute miyabi-cener, ha explicado aidealista news qué criterios se siguen a la hora de cuantificar la eficiencia energética de una casa. “la herramienta estudia la envolvente del edificio, analiza los cerramientos, los sistemas de iluminación, bombeo y generación térmica, así como la ventilación, entre otros. mediante una simulación, se valora lo eficiente que es una vivienda en cuanto a su consumo de energía con un gran ahorro de tiempo ”. 

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